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VISAS 0-1 - Esta es una visa para personas de habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o deportes, confirmado por aclamación nacional o internacional. Es la visa que le hubieran otorgado a Thomas Edison o Henry Ford. Ellos nunca terminaron educación aunque fueron reconocidos mundialmente como los genios mas grandes de todos los tiempos.  No hubieran calificado para H-1B porque nos tienen educación universitaria. La visa O-1 fue creada para admitir personas de este tipo.

Cualquier área puede ser susceptible de visa O-1. Hemos obtenido visas para trabajadores del acero que han construido portones excepcionales para catedrales y edificios públicos; conferencistas en la ciencia de la producción petrolera; actores creativos como mimos o bailarines, y especialistas en planeamiento de negocios para diseños de computación.

La persona con O-1 puede solicitar la residencia permanente aún al mismo momento que solicita la visa O porque no se requiere que la persona mantenga su residencia en el extranjero.

VISAS O-2 - Las persona que asisten a una persona con una visa O-1 como un director de orquesta del cual depende un cantante de ópera mundialmente reconocido. La persona con visa O-2 debe tener habilidades extraordinarias también.

VISAS O-3 - Es la visa para cónyuges e hijos acompañantes de personas con O-1 y O-2.

HABILIDADES EXTRAODINARIAS - El solicitante de visa O-1 y O-2 debe exceder substancialmente el reconocimiento y habilidades generalmente encontradas en su ocupación. Esto puede evidenciarse mediante reconocimiento nacional o internacional, membresía en organización que requiere reconocimiento excepcional para pertenecer; revisiones críticas y artículos publicados sobre el solicitante, premios nacionales o internacionales prominentes. El juicio de colegas en el área indicando su reputación es necesaria para establecer la capacidad de los colegas para hacer un juicio valioso.

SOLICITUD PARA VISAS O-1 Y O-2 - El solicitante de visa O-1 no puede solicitarse a sí mismo. Si el O-1 se emplea a sí mismo, necesita un agente para obtener la visa. Si es necesario viajar para cumplir con el trabajo contemplado, debe remitirse un itinerario. Si después de otorgadas las visas hay cambios substanciales en el empleo, el Servicio de Inmigración debe ser notificado.

ESTADIA AUTORIZADA - Las estadías generalmente se otorgan por el tiempo autorizado, pero no por mas de tres años. No hay límites en la cantidad de tiempo que se puede extender.

OPINIONES CONSULTIVAS - Para las visas O-1 y O-2 se requiere opinión consultiva de sindicatos o cámaras de consulta. Dichos reportes requieren un racconto de lo logros y habilidades y una descripción de lo que la persona va a hacer. Si no hay un sindicato o un grupo consultivo, debe prepararse un reporte por un experto en el área. Para las personas con visa O-2 también debe explicarse por qué los servicios de dicha persona son esenciales.

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